Certificaciones de Empadronamiento

Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Procedimiento para tramitar Certificados.
Tema Población.
Hecho vital Necesito certificado o documento.

Objeto

La certificación es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento.

La certificación debe estar suscrita por el secretario del Ayuntamiento y conformada por el alcalde, o por quienes les sustituyan o cuenten con su delegación, ya sea mediante firmas manuscritas o electrónicas conforme a la legislación vigente.

Las certificaciones acreditan únicamente de la residencia en el municipio y el domicilio del habitante, así como otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas iniciales y final del empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el Padrón, etc. En todo caso se cumplimentará la información adicional de cada empadronamiento estrictamente en la medida en que sea perteneciente para el fin para el que se ha solicitado la certificación.

Podrán referirse solo a una o a la totalidad de las personas inscritas en un determinado domicilio. No deben expedirse estos documentos para varias personas cuando no comprendan a todos los habitantes inscritos en el mismo domicilio.

Los certificados de empadronamiento expedidos a personas inscritas en establecimientos colectivos tendrán siempre carácter individual.

Unidad Tramitadora

(0201) Negociado del Padrón

Base Legal 

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 2612/1996
Texto Íntegro
 
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Texto Íntegro Bases de Régimen Local
 
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Texto Íntegro
 
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
5 Derecho de información en la recogida de datos
 
Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal
Texto Íntegro
 
Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se modifica la Instrucción relativa a los Mecanismos de Acceso de los Ciudadanos al Registro General y a los Servicios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Texto Íntegro

Quién puede realizar la solicitud

Persona con interés legítimo o por medio de representación.

Cómo lo puede presentar

1.- Si posee certificado digital: acceda marcando “acceso con certificado digital” y elija el trámite deseado, se le irán indicando los pasos a seguir.

2.- Si no posee certificado digital: acceda marcando “acceso sin certificado digital”, elija el trámite deseado, descargue el impreso y, una vez cumplimentado y firmado lo puede presentar para su registro.

3.- Cuando la obtención de certificado de empadronamiento conlleve el pago de tasas, realice la autoliquidación de las mismas a través de la Oficina Tributaria de la Sede Electrónica.
Valide el documento ante una de las Entidades Financieras que se relacionan y preséntelo junto con la solicitud de certificado para su registro.

Tal como se contempla en la Resolución número 8755, de 23 de marzo de 2017, (BOP número 38, de 29 de marzo de 2017), el registro de la documentación será a través de:

• Atención telemática: A través de la sede electrónica (http://www.laspalmasgc.es/es/online/sede-electronica/) ubicada en la pagina web del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, si posee certificado digital.

• Quioscos de administración electrónica: Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.

• Atención presencial: En las Oficinas de asistencia en materia de Registro con la personación física en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía ubicadas en la sede central y en los distritos municipales. Esta vía de acceso únicamente se encuentra expedita para las personas físicas siempre que no estén recogidas en uno de los colectivos regulados en el artículo 14 punto 2 y punto 3 de la Ley 39/2015.

• Registro electrónico: Servicio de administración electrónica ofrecido a todas las Administraciones Públicas, que permite digitalizar el papel que presenta el ciudadano en las oficinas de registro, y enviarlo electrónicamente al destino, al instante, y sea cual sea su ubicación geográfica o nivel de administración competente, (ORVE, AGE, etc.).

Fechas en que lo puede solicitar

Telemáticamente, durante todo el año.

Presencial, de lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.

Resolución

Estadística

Notificación

El certificado será enviado automáticamente a su BANDEJA DE COMUNICACIONES, desde donde podrá descargarlo.

Información general

Los Ayuntamientos podrán expedir certificado de empadronamiento, como documentos de carácter puramente informativo.

La Ley 7/1985 de 2 de abril en su art. 16.3, establece que los datos del Padrón se cederán a otras Administraciones Públicas que lo soliciten sin consentimiento previo al afectado solamente cuando le sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También puede servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico, en los términos previstos en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública y en las leyes de estadística de las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.

La información que se facilite está protegida por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

 

Tasas Municipales

Si posee certificado electrónico este trámite es gratuito.

Si no posee certificado electrónico debe abonar:
1.- Certificaciones de documentos o actos hasta los últimos cinco años.
     Certificaciones expedidas por los siguientes motivos: 2,46€.
          - Matrícula en centros de enseñanza.
          - Documento Nacional de Identidad.
          - Seguridad Social.
          - Reducción de tarifas telefónicas.
          - Solictud de becas.
          - Presentación en la Jefatura Provincial de Tráfico.
          - Asuntos Militares.

     Otras certificaciones: 7,66€.

2.- Por cada pliego de más se abonará 0,60€ sobre la Tarifa Base.

3.- En los casos de certificaciones solictadas por personas que, por medio de documentación emitida por entidades públicas, acrediten unos ingresos familiares por mes, iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes, la tarifa será, en todo caso, de: 1,20€.

Observaciones

Para hacer la solicitud del certificado de empadronamiento a través de correo electrónico debe seguir los siguientes pasos:
 
1.- El pago de las tasas municipales se realizará a través de transferencia bancaria por el importe que corresponda al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en la cuenta:
 
ES41 2038 8745 9564 0000 2018.

Imprescindible indicar en el apartado concepto la palabra PADRÓN seguida de NOMBRE Y APELLIDOS del interesado (persona que figura en la solicitud de certificado).

No se admitirán aquellos pagos que no especifiquen lo indicado en el párrafo anterior.
 
2.- Imprima, rellene y firme la solicitud.

3.- Escanee y envíe a nuestro correo electrónico (padrondehabitantes@laspalmasgc.es) la siguiente documentación:

    a.- El justificante de haber realizado la transferencia
    b.- La solicitud firmada por el interesado
    c.- Copia de DNI o documento de identidad

Una vez recibamos su email, se hará el certificado que solicita y cuando esté firmado se le enviará, en formato PDF, por ese mismo medio.

Se enviará el documento por correo electrónico, cuando así se especifique en la solicitud.

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