Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Procedimiento para Recurrir, Reclamar, Impugnar, Alegar.Trámite para efectuar una reclamación a este ayuntamiento por los daños sufridos por un vehículo durante su estancia en el Depósito Municipal o durante su traslado al mismo, así como cualquier daño consecuencia del funcionamiento del servicio público policial.
Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público | |||
32 | Principios de la responsabilidad | ||
33 | Responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicos | ||
34 | Indemnización | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
64 | Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora | ||
67 | Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial | ||
96 | Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común | ||
Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público | |||
35 | Responsabilidad del derecho privado |
Cualquier persona física o jurídica titular del vehículo, o su representante legal.
Dentro del año siguiente a la causación del daño. En caso de reclamar después de la salida del depósito, se recomienda presentar la reclamación dentro de los días siguientes, a fin de no perjudicar la prueba de los daños.
Concejalía de Presidencia
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
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