Solicitud de Acceso al Registro de Licitadores de Obras, Servicios y Suministros

Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Procedimiento para Concursar.
Tema Otros Trámites.
Colectivo Empresarios y Comerciantes.

Objeto

Trámite para solicitar la inscripción en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento, con el objeto de acceder a alguno de los siguientes supuestos

  1. Licitadores de Obras
  2. Licitadores de Consultoría y Asistencia / Servicios
  3. Licitadores de Suministros

Unidad Tramitadora

(26) Sección de Contratación
Calle León y Castillo, 270 - 5ª Planta  35005
Tel: 928-446797  Email: ccaballero@laspalmasgc.es
Responsable: Telesforo Fuentes González

Silencio Administrativo

Negativo (3  Meses)

Documentación a aportar

  • EN EL CASO DE QUE SE TRATE DE UNA PERSONA FÍSICA
  • En el caso de ser empresario individual
    • Copia autenticada o testimonio notarial del Documento Nacional de Identidad o del que le sustituya reglamentariamente
  • EN EL CASO DE QUE SE TRATE DE UNA PERSONA JURÍDICA
  • En el caso de que la inscripción en el Registro Mercantil de los documentos sean exigibles
    • Escritura de constitución 
    ó
    • Escritura de al vigente Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas
    ó
    • Escritura de modificación 
  • En el caso de que no sean exigibles la inscripción en el Registro Mercantil de los documentos
    • Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial
  • En el caso de que sean empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
    • Documento que acredite su capacidad de obrar mediante la inscripción en los registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del Decreto 1098/2001
  • En el caso de que se trate de personas físicas o empresas no españolas que no sean de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
    • Justificación mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española
  • En el caso de que las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otros
    • Poder para ellos bastanteado por la asesoría jurídica de la Corporación
    • Copia autenticada o testimonio notarial del Documento Nacional de Identidad o del que le sustituya legalmente
  • En el caso de que desee aportar documentación relativa a la clasificación administrativa
    • Documento de Clasificación del Estado expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa; o, en su caso, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma
  • PARA LA ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA
  • Para justificar la solvencia económica y financiera, al menos uno de los siguientes medios
    • Declaración apropiada de entidades financieras (que deberá renovarse en el mes de enero de cada año natural) o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales
    • Cuentas anuales referidas al ejercicio económico anterior al del año de presentación de la solicitud de inscripción en el registro; debiendo renovarse anualmente conforme se aprueban las de años sucesivos
    • Declaración relativa a la cifra global de negocios realizados por la empresa, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario; debiendo renovarse anualmente conforme transcurre el ejercicio económico y se aprueban las cuentas anuales al efecto
  • Para acreditar la solvencia técnica, al menos tres de los siguientes medios
    • Título/s académico/s y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato
    • Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos
    • Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente
    • Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad
    • Descripción de las instalaciones técnicas , de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa
  • En el caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea acreditarán su solvencia económica y financiera, y técnica, junto a los documentos anteriores, también los siguientes
    • Inscripción en el Registro o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del Decreto 1098/2001, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
    • Certificación administrativa o declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en prohibición para contratar con la Administración, conforme al artículo 49 de la Ley 30/2007, cuya formalidad seguirá el contenido del artículo 62 de igual texto legal
  • Formalidad de los certificados que acrediten la solvencia
    • Certificación expedida por los organismos competentes , con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • En el caso de estar de alta en el I.A.E. (Impuesto de Actividades Económicas)
    • Alta en el I.A.E. 
    • Recibo del I.A.E. (último que haya abonado)
  • Documento que acredite estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificación expedida por el organismo competente, acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social , en los términos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La certificación tendrá validez, a efectos de participar en los procedimientos de licitación, durante seis meses a contar desde la fecha de expedición
  • En el caso de empresarios extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Comunidad Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar
    • Certificación expedida por autoridad competente del país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributaria . Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad
  • SUSTITUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN POR CADUCIDAD
  • En el caso de sustitución de documentos depositados en el Registro de Licitadores
    • Declaración responsable o compromiso formal otorgado ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de actualizar cuando sea oportuno los documentos correspondientes, siempre antes de su caducidad. En tanto no se sustituyan, los depositados conservan plena vigencia; y el reconocimiento expreso de su incumplimiento acarreará la baja en el Registro
  • OTRA DOCUMENTACIÓN
  • Podrá aportar para el alta en el registro
    • Cualquier documentación , estudios, memorias, o información particular o general debidamente ordenadas y numeradas, que se considere adecuado
  • En el caso de que aporte la documentación presencialmente o por correo, deberá incluir
    • Documento de identidad del solicitante 
  • En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
    • Documento de identidad del interesado 
    • Documento de identidad del representante 
    • Acreditación de la representación 

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Base Legal 

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
Texto Íntegro Contratos del Sector Público
 
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
Texto Íntegro Reglamento Contratos con las Administraciones Públicas

Quién puede realizar la solicitud

  • Cualquier persona física o jurídica interesada

Cómo lo puede presentar

El trámite se puede instar de tres formas diferentes:

1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".

3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

Oficina de Atención a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria

Fechas en que lo puede solicitar

Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.

2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:

• En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
• En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

Oficina Central
Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73  Fax: 928.328.761
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Avenida del Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, 2.
Teléfono: 928.44.71.54  Fax: 928.33.96.00
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Centro
Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59  Fax: 928.38.35.80
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29  Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Ciudad Alta
Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: Calle Doctor Medina Nebot, 5. Planta baja.
Teléfono: 928.44.72.50  Fax: 928.67.05.50
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.

Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.

Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

 

Obligaciones económicas

Ninguna

Resolución

Concejal de Gobierno del Área de Hacienda y Economía

Notificación

Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.

Información general

El escrito de solicitud de acceso al Registro de Licitadores de Obras se ajustará al modelo preparado al efecto, en el que se harán constar los siguientes aspectos:
- Nombre o razón social.
- Domicilio social del empresario.
- Número de Identificación fiscal.
- Teléfono.
- Fax.
- Otros eventuales procedimientos de contacto.
- Nombre y apellidos y número del documento nacional de identidad de las personas capacitadas legalmente para representar y obligar a la empresa.
- Tipos de servicios en los que se encuentra clasificado el contratista, con expresión de grupos, subgrupos y categorías, en su caso.
- Plazo de vigencia de la clasificación.
- Organismo expedidor de la clasificación.

Toda la documentación habrá de ser original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia.

  • La documentación podrá presentarse en cualquier lengua del Estado español, sin tachaduras omisiones o defectos de este tenor. Caso de presentarse en lengua distinta al castellano, se incorporará la traducción a ésta, de la integridad de los documentos, debidamente autenticada.
  • La falsedad de los datos o documentos aportados por el interesado que consten en el Registro dará lugar a su exclusión, dejándose anotación de constancia a los efectos oportunos, sin perjuicio de otras responsabilidades, en su caso.
  • Los empresarios inscritos en el Registro vienen obligados, bajo su responsabilidad, a actualizar su inscripción cuando se produzca cualquier modificación de los datos que sustentan la inscripción por consecuencia de decisiones de la empresa (modificación del objeto social, domicilio social, administradores de la empresa, otorgamiento de poderes de representación...) o por próxima caducidad o variación de los mismos (caducidad de las certificaciones acreditativas de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social...).
  • Corresponderá la organización y mantenimiento del Registro al Servicio de Contratación. El Registro estará compuesto por los libros-registros oportunos y los archivos de documentación.
  • Los libros serán foliados y numerados, destinando un folio para cada empresario, en el que se harán constar sus datos básicos y otros que convenga.
  • Si oportunamente se considerase necesario tratar informáticamente los datos del Registro, se adoptarían las medidas previstas en este contexto en la Ley Orgánica 5/1.992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, dictada en desarrollo de lo previsto en el apartado 4 del artículo 18 de la Constitución.

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Sin perjuicio de lo anterior, en principio los datos del Registro no van a ser objeto de cesión alguna; únicamente accederán a ellos los integrantes de la Mesa de Contratación, y los funcionarios del Servicio de Contratación; los primeros, a los efectos de las competencias atribuidas por la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, y los segundos, a los efectos del trabajo administrativo inherente a las contrataciones.
El mencionado Registro es de carácter facultativo por lo que la solicitud de inscripción deviene voluntaria. Por tanto, el Registro, a los efectos de su incorporación al mismo, se considerará permanentemente abierto en el tiempo. El hecho de no figurar inscrito en el Registro no limitará, en ningún supuesto, los derechos de los contratistas a licitar a las convocatorias que formule el Ayuntamiento; ni generará ésta exclusión si licita.
Toda persona física o jurídica inscrita puede en cualquier momento instar su baja en el Registro. El hecho de causar baja no impide que continúe licitando a las diferentes convocatorias del Ayuntamiento; si bien, desde entonces, deberá aportar la totalidad de la documentación requerida para cada convocatoria particular, no siéndole de aplicación las ventajas derivadas de la inscripción en el Registro.
En los Pliegos de Cláusulas Administrativas particulares de cada convocatoria se especificarán aquellos documentos que no han de ser aportados por los licitadores inscritos en el Registro al obrar en el mismo dicha circunstancia. No obstante lo anterior:
a) Para los documentos con caducidad, se entenderán válidos los obrantes en el Registro en tanto tengan vigor. Caso contrario, se consideran como inexistentes.
b) El documento de clasificación se considera aportado si en el existente en el Registro consta incluida la clasificación de la convocatoria; si figura aportado el documento de clasificación, pero en determinada o determinadas convocatorias se exige alguna que no figura reseñada en aquél, se considera documento de clasificación para las convocatorias afectadas como inexistente.
Podrán proponerse adiciones, supresiones o modificaciones de las presentes normas, canalizada a través del Servicio de Contratación, las cuales, requerirán los informes previos de Asesoría Jurídica e Intervención.
Corresponde a la Mesa de Contratación, ante cualquier duda o discrepancia, la interpretación de las mismas, sin perjuicio de los oportunos recursos legales por parte de los interesados.

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