Solicitud de Cédula de Habitabilidad

Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Tema Urbanismo.

Objeto

Obtener el documento administrativo que acredita que la vivienda terminada cumple los requisitos de habitabilidad, siendo apta a efectos de su uso residencial, y que es necesario para toda contratación de servicios de suministro propios de la vivienda.

Tipos:

Tipo 1.- Edificaciones con licencia de primera ocupación: Edificaciones de nueva construcción destinadas a vivienda, así como las creadas a partir de la ampliación, modificación, reforma o rehabilitación de construcciones previamente existentes.

Tipo 2.- Edificaciones sin licencia de primera ocupación: Edificaciones existentes destinadas a vivienda, anteriores a la fecha de 18/08/2006, que vinieran destinándose a morada o habitación y no contaran con cédula de habitabilidad ni licencia de primera ocupación.

Unidad Tramitadora

(16) Servicio de Edificación y Actividades
Calle León y Castillo, 270 - 3ª Planta  35005
Tel: Obras: 928-446185 Actividades: 928-446183 

Silencio Administrativo

Positivo (4  Meses)

Documentación a aportar

  • Documentación básica
    • Alta en el Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana
    • Documentación acreditativa de la condición del solicitante
  • Edificaciones de nueva construcción destinadas a vivienda, así como las creadas a partir de la ampliación, modificación, reforma o rehabilitación de construcciones previamente existentes
    • Copia de la licencia de primera ocupación
  • Edificaciones existentes destinadas a vivienda, anteriores a la fecha de 18/08/2006, que vinieran destinándose a morada o habitación y no contaran con cédula de habitabilidad ni licencia de primera ocupación
    • Justificante del uso residencial de la edificación y del tiempo destinada al mismo (certificado de empadronamiento, certificado catastral, escritura de división horizontal, contrato de alquiler, informe policial, certificado de antigüedad, etc.)
    • Plano de situación con indicación exacta de la edificación
    • Descripción gráfica de la vivienda (planos o croquis de la misma con usos, superficies y ventilación de las distintas dependencias)
    • Fotografía de la fachada del edificio terminado (fotografía en color de la edificación, donde se aprecie estado de la misma)
    • Certificado de arquitecto acreditativo de la seguridad estructural de la edificación, visado
  • En el caso de más de una vivienda
    • Anexo de relación de viviendas
  • En caso de persona jurídica o de interesado distinto del propietario
    • Poder de representación (En caso de trámite presencial, original y copia del poder para su cotejo)
  • En caso de sociedad
    • Escritura de constitución 
    • Poder de representación 
  • En el caso de que realice el trámite presencialmente o por correo, deberá presentar
    • Documento de identidad del solicitante 
  • En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
    • Documento de identidad del interesado 
    • Documento de identidad del representante 
    • Acreditación de la representación 

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Base Legal 

Decreto 117/2006, de 1 de agosto, por el que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la obtención de la cédula de habitabilidad (Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias)
Texto Íntegro
 
Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias. B.O Canarias núm. 27, 10 de febrero 2003
6.3 Competencias de los ayuntamientos
 
Decreto 47/1991, de 25 de marzo, por el que se regulan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, las Condiciones de Habitabilidad de las Viviendas y el Procedimiento para la Concesión de Cédulas de Habitabilidad
Texto Integro Condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la concesión de cédulas de habitabilidad
 
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
25.2 d) Competencia del municipio en materia urbanística
124.5 Alcalde
 
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. BO. Canarias 15 mayo 2000, núm. 60, [pág. 5989]
168.1 Competencia para el otorgamiento de licencias urbanísticas
 
Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (ROGA)
44 Directores Generales
11.1 Delegación de Competencias
 
Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario
38 Constancia documental y registral de la referencia catastral

Quién puede realizar la solicitud

El titular de un derecho real sobre la vivienda

Cómo lo puede presentar

El trámite se puede instar de tres formas diferentes:

1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".

3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

Oficina de Atención a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria

Fechas en que lo puede solicitar

Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.

2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:

• En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
• En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

Oficina Central
Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73  Fax: 928.328.761
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Avenida del Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, 2.
Teléfono: 928.44.71.54  Fax: 928.33.96.00
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Centro
Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59  Fax: 928.38.35.80
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29  Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Ciudad Alta
Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: Calle Doctor Medina Nebot, 5. Planta baja.
Teléfono: 928.44.72.50  Fax: 928.67.05.50
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.

Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.

Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

 

Obligaciones económicas

Según Ordenanza Fiscal vigente

Resolución

Excmo. Sr. Alcalde-Presidente

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver la solicitud será de cuatro meses a contar desde la presentación en forma de la solicitud. El transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento y notificar la resolución, se suspenderá cuando deba requerírsele para la subsanación de deficiencias y la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o, en su defecto, el transcurso del plazo concedido; o se soliciten informes preceptivos y determinantes de la resolución.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio. En ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo positivo las licencias urbanísticas en contra de ordenación de los recursos naturales, territorial, urbanística o sectorial aplicables

Observaciones

El impreso normalizado contiene los datos mínimos obligatorios establecidos en el Anexo III del Decreto 117/2006, y si no se utiliza el mismo, deberá al menos presentarse uno que cumpla con dicho anexo.

Notificación

Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.

Información general

El horario de atención al público del Servicio de Gestión de Licencias Urbanísticas será los martes y los jueves, en horario de 8.30 a 14.30 (en los meses de julio, agosto y septiembre de 8.30 a 13.30).

Para las consultas técnicas podrá dirigirse al Servicio Técnico de Licencias los martes de 8.30 a 14.30 (en los meses de julio, agosto y septiembre de 8.30 a 13.30). Los jueves serán atendidas visitas con citas concertadas.
 

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