Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Procedimiento para tramitar Bonificaciones, Exenciones.Obtener la bonificación en la cuota íntegra del IBI a que tienen derecho los sujetos pasivos titulares de familia numerosa respecto exclusivamente de la vivienda que sea residencia permanente de la familia en la que deberán estar empadronadas todas las personas integrantes de la familia exceptuando de esta circunstancia a los hijos/as menores o discapacitados/as por razones de estudios o enfermedad que deberán ser acreditadas.
La bonificación será:
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales | |||
61 | Hecho Imponible y Supuestos de no Sujeción | ||
63 | Sujeto Pasivo | ||
77.1 | Liquidación, recaudación y revisión | ||
74.4 | Bonificación titulares de familia numerosa | ||
Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles | |||
3 apdo d) | Exenciones y Bonificaciones Familia Numerosa |
El obligado tributario, persona física o jurídica, que esté o estuvo obligada al pago o su representante legal.
El trámite se puede instar de tres formas diferentes:
1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Atención a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00 a 13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, 2.
Teléfono: 928.33.90.49 928.33.95.88 Fax: 928.33.96.00
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.28.91.70
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
Distrito Puerto Canteras
Dirección: Tenerife, 17.
Teléfono: 928.47.41.02 Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
Dirección: Calle León y Castillo, 322
Teléfono: 928.44.60.54
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30
Distrito Centro
Dirección: Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.43.16.97 Fax: 928.38.35.80
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono:928.39.19.63-928.36.89.03
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo
Dirección: Doctor Medina Nebot, 5. Planta baja.
Teléfono: 928.43.66.63 Fax: 928.67.05.50
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
En los meses de verano, Julio a Septiembre, los horarios de atención al público anteriormente mencionados se verán reducidos en una hora, de 08:30 a 13:30. Y en el mes de Agosto se suprime la atención por la tarde.
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficalmente. Siempre antes del 31 de diciembre de cada año, para que su aplicación sea en el año siguiente, si procede.
Ninguna.
El Director de Gobierno del Área de Hacienda y Economía D. Benito Cabrera Figueroa y/o el Jefe del Servicio de Tributos y Exacciones, D. Antonio Jesús Ramón Balmaseda
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
La bonificación tiene carácter rogado y será de aplicación desde el devengo siguiente a la fecha de presentación de la solicitud.
Para obtener información sobre el trámite de su solicitud, se podrá dirigir por los medios y/o las personas que se indican en el apartado de UNIDAD DE TRAMITACIÓN o telemáticamente.
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