Registro electrónico (Únicamente para trámites no creados en la sede electrónica del Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria)

Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Procedimiento para Presentar, Declarar.
Procedimiento para Informar, Comunicar, Aportar.
Procedimiento para Desistir, Renunciar.
Tema Otros Trámites.

Objeto

Solicitud genérica, puede hacer uso de ella para el caso en que el asunto concreto no esté incluido en el catálogo de asuntos disponibles

Unidad Tramitadora

(02) Servicio de Atención Ciudadana (OAC)
Calle León y Castillo, 270 - 1ª Planta  35005

Documentación a aportar

  • Documentación básica
    • Aquella que estime necesaria para acreditar sus alegaciones 
  • En el caso de que aporte la documentación presencialmente o por correo, deberá incluir
    • Documento de identidad del solicitante 
  • En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
    • Documento de identidad del interesado 
    • Documento de identidad del representante 
    • Acreditación de la representación 

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Base Legal 

Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
14 Dº y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas

Requisitos

El escrito deberá indicar:
 

El Departamento o Unidad responsable de la tramitación de la solicitud que se presenta.
 

La concreta pretensión de la persona fisica o jurídica interesada.
 

Domicilio que se señala a los efectos de notificaciones. (obligatoria dirección electronica para personas jurídicas)
 

Lugar, fecha y firma del escrito
 

Quién puede realizar la solicitud

Personas físicas y jurídicas.

Cómo lo puede presentar

En la sede electrónica.

Resolución

Según procedimiento.

Plazo de resolución

 Según procedimiento.

Recurso contra la resolución

 Según procedimiento.

Notificación

Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica  (personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica del art. 14 Ley 39/2015 de 1 de octubre).

Observaciones

Comprobar que no existe en la Sede Electrónica del Ayuntamiento el trámite que necesita realizar antes de iniciar trámite por este procedimiento.
 

Información general

Si se iniciare este trámite existiendo previsto trámite especifico para lo que solicita se tramitará el mismo por el Centro Gestor conforme al trámite previsto, haciéndo los requerimientos y formalidades que procedan.
 

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