Solicitud de Subvención para Rehabilitación del Casco Histórico-Artístico de Vegueta-Triana

Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Tema Vivienda.
Hecho vital Busco ayudas o subvenciones.

Objeto

Subvencionar el arreglo y mejora en viviendas y edificios ubicados dentro del área objeto de actuación, potenciando el uso residencial, aplicando las disposiciones sobre eliminación de barreras arquitectónicas, promoción de accesibilidad y mejora de la eficiencia energética.

Unidad Tramitadora

(04) Servicio de Urbanismo
Calle León y Castillo, 322 - 7ª Planta  35005
Tel: 928-446045  Email: vivienda@laspalmasgc.es

Documentación a aportar

  • Documentación básica
    • Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS
    • Certificación acreditativa de la propiedad del inmueble
    • Declaración jurada de no haber percibido subvenciones para las mismas obras cuya subvención se pretende
    • Plano de situación del inmueble
    • Memoria explicativa y justificativa de la obra a realizar, incluyendo dossier fotográfico sobre el estado actual
    • Presupuesto detallado con los precios individualizados, de la ejecución de la obra y de los materiales a emplear. El presupuesto deberá ser presentado profesionales o empresas
    • Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
    ó
    • Declaración jurada de estar al corriente con las obligaciones fiscales
    • Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social 
    ó
    • Declaración jurada de estar al corriente de sus obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social 
    • Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Autonómica
    ó
    • Declaración jurada de estar al corriente estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Autonómica
    • Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Municipal
    ó
    • Declaración jurada de estar al corriente de de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Municipal
    • Número de cuenta corriente para el pago de la subvención en caso de ser concedida
    • Declaración responsable de que la vivienda objeto de la actuación se va a dedicar, según proceda, a residencia habitual y permanente del promotor, o al alquiler, durante un plazo mínimo de 5 años desde la finalización de las obras
    • Documento que acredita la superficie útil de la vivienda
    • Documento acreditativo de la propiedad del inmueble mediante certificación emitida por el Registrador de la Propiedad correspondiente
  • En caso de representación de entidad o asociación
    • Certificación del Secretario o Administrador en la que se acredite quién es la persona que ostenta la representación
  • En caso de representación de varios propietarios:
    • Escrito firmado por todos los titulares del nombramiento del referido representante
  • En caso de que sea legalmente preceptiva la licencia de obras para la intervención del inmueble para el que se solicita la subvención
    • Licencia de obras
    • Copia de la liquidación del impuesto para la concesión de la licencia
  • En caso de que el imueble para el que se solicita la subvención sea una vivienda integrada dentro del edificio:
    • Certificación ordinaria o sucesiva de la actuación que el edificio en el que se ubica la vivienda presenta condiciones suficientes de seguridad estructural y de estanqueidad frente a la lluvia, y de que la vivienda carece de alguna de las condiciones de habitabilidad
  • En caso de que el inmueble para el que se solicita la subvención sea un edificio
    • Certificación ordinaria o sucesiva de la actuación que el edificio en el que se ubica la vivienda presenta condiciones suficientes de seguridad estructural y de estanqueidad frente a la lluvia, y de que la vivienda carece de alguna de las condiciones de habitabilidad
    • Declaración responsable acreditativa de que el edificio tiene al menos el 50 por 100 de su superficie útil existente o resultante de las obras destinadas al uso de vivienda
  • En el caso de que realice el trámite presencialmente o por correo, deberá presentar
    • Documento de identidad del solicitante 
  • En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
    • Documento de identidad del interesado 
    • Documento de identidad del representante 
    • Acreditación de la representación 

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Base Legal 

Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012
Texto íntegro Plan Estatal Vivienda 2008/2012
 
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Texto Íntegro Regulación Subvenciones

Quién puede realizar la solicitud

1.- Las personas físicas o jurídicas, propietarios o inquilinos autorizados por el propietario de los inmuebles ubicados dentro del ámbito de ordenación diferenciada del Plan Especial de Protección y Reforma Interior “Vegueta-Triana”.

2.- Las asociaciones y entidades, que se hallen legalmente constituidas, y que sean propietarias o inquilinas de inmuebles ubicados dentro del ámbito de ordenación diferenciada del plan especial de protección y reforma interior “Vegueta-Triana”. La condición de inquilina requerirá de la debida autorización por parte del propietario del inmueble.

Quedan excluidos todos aquellos solicitantes que no estén al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Hacienda Municipal.

Igualmente, quedarán excluidos de la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en estas Bases las personas y entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias indicadas en el artículo 13 de la LGS
 

Cómo lo puede presentar

El trámite se puede instar de tres formas diferentes:

1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".

3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

Oficina de Atención a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria

Fechas en que lo puede solicitar

El plazo para la presentación de las mismas será el de DOS MESES a contar desde el día siguiente de la publicación de cada una de las convocatorias en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.

2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:

• En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
• En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

Oficina Central
Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73  Fax: 928.328.761
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Avenida del Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, 2.
Teléfono: 928.44.71.54  Fax: 928.33.96.00
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Centro
Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59  Fax: 928.38.35.80
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29  Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Ciudad Alta
Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: Calle Doctor Medina Nebot, 5. Planta baja.
Teléfono: 928.44.72.50  Fax: 928.67.05.50
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.

Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.

Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

 

Obligaciones económicas

Ninguna

Resolución

Concejalía Delegada de Vivienda

Plazo de resolución

Las solicitudes de subvención serán resueltas por el órgano municipal competente, previo los trámites de instrucción previstos en el artículo 24 de la LGS, notificándose la correspondiente Resolución mediante oficio a los interesados en un plazo máximo de 10 días desde la fecha de la misma.

Notificación

La Ventanilla Virtual de este Ayuntamiento le proporciona dos formas de ser Notificado:

Notificación por Correo Ordinario:
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el domicilio indicado en su Solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.

Notificación Telemática:
En el Diálogo Interactivo podrá seleccionar que se le notifique por vía telemática tal y como se establece en el art. 41.3 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En su Carpeta Ciudadana tendrá a disposición el acto objeto de notificación, así como la posibilidad de acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales.

La referida notificación se realizará al domicilio que a esos efectos figure en la solicitud presentada por el interesado, por lo que cualquier modificación en el mismo deberá ser comunicada con carácter de urgencia a la Administración concedente. En caso contrario, será revocada la subvención a su favor por no ser posible la notificación.

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