Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Tema Vivienda.Subvencionar el arreglo y mejora en viviendas y edificios ubicados dentro del área objeto de actuación, potenciando el uso residencial, aplicando las disposiciones sobre eliminación de barreras arquitectónicas, promoción de accesibilidad y mejora de la eficiencia energética.
Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 | |||
Texto íntegro | Plan Estatal Vivienda 2008/2012 | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones |
1.- Las personas físicas o jurídicas, propietarios o inquilinos autorizados por el propietario de los inmuebles ubicados dentro del ámbito de ordenación diferenciada del Plan Especial de Protección y Reforma Interior Vegueta-Triana.
2.- Las asociaciones y entidades, que se hallen legalmente constituidas, y que sean propietarias o inquilinas de inmuebles ubicados dentro del ámbito de ordenación diferenciada del plan especial de protección y reforma interior Vegueta-Triana. La condición de inquilina requerirá de la debida autorización por parte del propietario del inmueble.
Quedan excluidos todos aquellos solicitantes que no estén al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Hacienda Municipal.
Igualmente, quedarán excluidos de la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en estas Bases las personas y entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias indicadas en el artículo 13 de la LGS
El trámite se puede instar de tres formas diferentes:
1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Atención a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
El plazo para la presentación de las mismas será el de DOS MESES a contar desde el día siguiente de la publicación de cada una de las convocatorias en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Avenida del Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, 2.
Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: Calle Doctor Medina Nebot, 5. Planta baja.
Teléfono: 928.44.72.50 Fax: 928.67.05.50
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Ninguna
Concejalía Delegada de Vivienda
Las solicitudes de subvención serán resueltas por el órgano municipal competente, previo los trámites de instrucción previstos en el artículo 24 de la LGS, notificándose la correspondiente Resolución mediante oficio a los interesados en un plazo máximo de 10 días desde la fecha de la misma.
La Ventanilla Virtual de este Ayuntamiento le proporciona dos formas de ser Notificado:
Notificación por Correo Ordinario:
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el domicilio indicado en su Solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
Notificación Telemática:
En el Diálogo Interactivo podrá seleccionar que se le notifique por vía telemática tal y como se establece en el art. 41.3 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En su Carpeta Ciudadana tendrá a disposición el acto objeto de notificación, así como la posibilidad de acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales.
La referida notificación se realizará al domicilio que a esos efectos figure en la solicitud presentada por el interesado, por lo que cualquier modificación en el mismo deberá ser comunicada con carácter de urgencia a la Administración concedente. En caso contrario, será revocada la subvención a su favor por no ser posible la notificación.
<< Trámite de Comunicación de Información sobre viviendas del Patronato de Vivienda Francisco Franco
Trámite de Alquiler con Garantías para el Inquilino y Propietario de la Vivienda >>