Reingreso al Servicio Activo desde Excedencia Voluntaria

Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Objeto

Reingreso al Servicio Activo desde Excedencia Voluntaria.

Unidad Tramitadora

(08) Servicio de Recursos Humanos

Silencio Administrativo

Negativo

Base Legal 

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Texto Íntegro
 
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas
Texto Íntegro

Quién puede realizar la solicitud

A instancia de parte.

Cómo lo puede presentar

Presencialmente y Telemáticamente.

Fechas en que lo puede solicitar

Durante todo el año.

Dónde lo puede presentar

Registro General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, sito en la calle León y Castillo núm. 270, Edificio Metropole, 35005 , Las Palmas de Gran Canaria; así como en los registros desconcentrados de este ayuntamiento o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se relacionan a continuación:

  • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes


Si posee certificado digital podrá hacerlo también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, accediendo a la dirección http://www.laspalmasgc.es/es/online/sede-electronica/,  debiendo cumplimentar el formulario correspondiente y adjuntar la documentación requerida en las bases. Una vez firmado digitalmente, se obtendrá de manera inmediata un resguardo con el número y fecha de registro.

Resolución

3 meses.

Plazo de resolución

3 meses.

Recurso contra la resolución

Recurso de Reposición ante el mismo Órgano que dicta la Resolución.
Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
DEMANDA ante el Juzgado de lo Social de Las Palmas.

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