PEES - Prestación Económica de Emergencia Social

Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Procedimiento para tramitar Otras solicitudes.
Tema Servicios Sociales e Igualdad.

Objeto

Son ayudas económicas de carácter extraordinario dirigidas a personas individuales o núcleos familiares para remediar una situación gravemente deteriorada, de urgente necesidad o con graves problemas específicos que afecten a su autonomía personal, social y económica, y que no puedan resolver con medios económicos propios, a fin de lograr su normal desarrollo humano y social.

Estas ayudas podrán otorgarse a sujetos concretos o núcleos familiares, con carácter periódico o, cuando se trate de servicios esporádicos y adquisiciones puntuales, por una sola vez en el ejercicio económico.

Tienen carácter finalista y son incompatibles con cualquier otra prestación pública, derecho y percepción económica o ingreso privado que le pudiese corresponder al beneficiario o a otro miembro del hogar, para la misma finalidad.

Se considerarán situaciones de emergencia aquellas que originan gastos extraordinarios para cubrir necesidades específicas de carácter básico y urgente, tales como:

  • Gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual.
  • Gastos excepcionales en los que concurran circunstancias de grave o urgente necesidad social y que se consideren de interés para la atención de personas con importante problemática.
  • Gastos destinados a cubrir necesidades básicas familiares.

Unidad Tramitadora

(24) Servicio de Bienestar Social (Unidad Central)

Documentación a aportar

  • En el caso de que realice el trámite presencialmente o por correo, deberá presentar
    • Documento de identidad del solicitante 
  • En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
    • Documento de identidad del interesado 
    • Documento de identidad del representante 
    • Acreditación de la representación 

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

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