Solicitud de Licencia de Parcelación, Segregación y/o Modificación de Fincas

Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Procedimiento para tramitar Otras licencias.
Tema Urbanismo.

Objeto

Se incluyen en esta categoría los actos de disposición del suelo tales como parcelaciones, segregaciones, modificaciones o cualesquiera otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, no incluido en proyectos de compensación o reparcelación

Tipos:

- Parcelaciones, o divisiones de parcelas en dos o más.
- Segregaciones de parcela de la finca matriz.
- Segregación de partes para agrupar a otra
- Segregaciones para cesiones.
- Agrupación de varias parcelas
 

Unidad Tramitadora

(16) Servicio de Edificación y Actividades
Calle León y Castillo, 270 - 3ª Planta  35005
Tel: Obras: 928-446185 Actividades: 928-446183 

Silencio Administrativo

Positivo (3  Meses)

Documentación a aportar

  • Documentación básica
    • Nota simple del Registro de la Propiedad o escritura con datos registrales de todas las parcelas
    • Copia del último recibo del IBI de todas las parcelas
    • Justificante de pago Tasa Expedición Documento Administrativo 
    • Descripción escrita de las parcelas iniciales y finales (definir superficies y linderos; y si hay edificaciones, hacer constar superficies)
    • Plano de situación con indicación de todas las parcelas intervinientes (Acceso al Plano)
    • Descripción gráfica de las parcelas iniciales y finales (aportar planos de estado actual y resultante. Si hay edificaciones, dibujar en el plano su perímetro)
  • En el caso de que realice el trámite presencialmente o por correo, deberá presentar
    • Documento de identidad del solicitante 
  • En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
    • Documento de identidad del interesado 
    • Documento de identidad del representante 
    • Acreditación de la representación 

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Base Legal 

Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. BO. Canarias 15 mayo 2000, núm. 60, [pág. 5989]
166.5 Procedimiento y Plazo Licencias Urbanísticas
168.1 Competencia para el otorgamiento de licencias urbanísticas
 
Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, Reglamento de gestión y ejecución del sistema del planeamiento de Canarias. BO. Canarias 26 enero 2005, núm. 17, [pág. 1400]
218 La competencia para el otorgamiento de licencias urbanísticas
219 Procedimiento para el otorgamiento de licencias urbanísticas
 
Decreto, de 17 de junio de 1955, Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
9.1 Procedimiento de Resolución Solicitudes de Licencia
 
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
25.2 d) Competencia del municipio en materia urbanística
124.4 ñ) Atribución genérica competencial del Alcalde
 
Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario
38 Constancia documental y registral de la referencia catastral

Quién puede realizar la solicitud

El Interesado (cualquier persona física o jurídica) o su representante legal


 

Cómo lo puede presentar

El trámite se puede instar de tres formas diferentes:

1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".

3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

Oficina de Atención a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria

Fechas en que lo puede solicitar

En cualquier momento

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.

2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:

• En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
• En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

Oficina Central
Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73  Fax: 928.328.761
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Avenida del Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, 2.
Teléfono: 928.44.71.54  Fax: 928.33.96.00
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Centro
Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59  Fax: 928.38.35.80
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29  Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Ciudad Alta
Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: Calle Doctor Medina Nebot, 5. Planta baja.
Teléfono: 928.44.72.50  Fax: 928.67.05.50
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.

Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.

Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

 

Obligaciones económicas

Tasa por expedición de documentos a instancia de parte, tarifa otras certificaciones, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal correspondiente

Resolución

Alcalde, competencia delegada actualmente en el Director General de Ejecución Urbanística por Decreto de Alcaldía 24314/2007, de 24 de Septiembre

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver la solicitud será de tres meses a contar desde la presentación en forma de la solicitud. El transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento y notificar la resolución, se suspenderá cuando deba requerírsele para la subsanación de deficiencias y la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o, en su defecto, el transcurso del plazo concedido; o se soliciten informes preceptivos y determinantes de la resolución.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio. En ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo positivo las licencias urbanísticas en contra de la ordenación de los recursos naturales, territorial, urbanística o sectorial aplicables.

 

Los actos que a continuación se relacionan:
1. Los actos de transformación, construcción, edificación y uso del suelo y el subsuelo que se indican a continuación requerirán del acto expreso de conformidad, aprobación o autorización administrativa que sea preceptivo según la legislación de ordenación territorial y urbanística:

a) Movimientos de tierras, explanaciones, parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación.

b) Las obras de edificación, construcción e implantación de instalaciones de nueva planta.

c) La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes.

d) La tala de masas arbóreas o de vegetación arbustiva que, por sus características, puedan afectar al paisaje.

e) La primera ocupación de las edificaciones de nueva planta y de las casas a que se refiere la letra c) anterior.

 

2. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución expresa legitimará al interesado que hubiere deducido la solicitud para entenderla desestimada por silencio administrativo.

 

Se confirma con esta reforma la regla, ya contenida en la Ley estatal de Suelo, de la imposible adquisición por silencio administrativo, de facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial o urbanística, y que culminan determinando la nulidad de pleno derecho de estos actos. La sentencia de 28 de enero de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, ha fijado como doctrina legal que el artículo 8.1,b) de la citada Ley de Suelo constituye una norma con rango de ley básica estatal, con los mencionados efectos.

Notificación

Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.

Información general

El horario de atención al público del Servicio de Gestión de Licencias Urbanísticas será los martes y los jueves, en horario de 8.30 a 14.30 (en los meses de julio, agosto y septiembre de 8.30 a 13.30).


Para las consultas técnicas podrá dirigirse al Servicio Técnico de Licencias los martes de 8.30 a 14.30 (en los meses de julio, agosto y septiembre de 8.30 a 13.30). Los jueves serán atendidas visitas con citas concertadas
 

 

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