Obtener el documento administrativo que acredita que la vivienda terminada cumple los requisitos de habitabilidad, siendo apta a efectos de su uso residencial, y que es necesario para toda contratación de servicios de suministro propios de la vivienda.
Tipos:
Tipo 1.- Edificaciones con licencia de primera ocupación: Edificaciones de nueva construcción destinadas a vivienda, así como las creadas a partir de la ampliación, modificación, reforma o rehabilitación de construcciones previamente existentes.
Tipo 2.- Edificaciones sin licencia de primera ocupación: Edificaciones existentes destinadas a vivienda, anteriores a la fecha de 18/08/2006, que vinieran destinándose a morada o habitación y no contaran con cédula de habitabilidad ni licencia de primera ocupación.
Ocupación temporal de la vía pública por diferentes motivos: Acera, carril, zona de estacionamiento, zonas reguladas por parquímetros, peatonales, carga y descarga, paradas de transportes, reservas de estacionamiento: Personas de Movilidad Reducida (PMR), Farmacias, etc.
Habilitar, con carácter previo a su inicio, la realización de las actuaciones urbanísticas que constituyen su objeto o legalizar las actuaciones urbanísticas que hayan sido ejecutadas o se encuentren en ejecución sin la preceptiva intervención administrativa previa que las habilite o contraviniendo, de cualquier otro modo, la legalidad urbanística.
Tiene por objeto notificar la puesta en uso de los edificios e instalaciones y mediante declaración responsable, presentada por el promotor, propietario, titular de un derecho real o su representante, una vez terminadas las obras en todas sus partes, incluso los servicios urbanísticos, conforme al proyecto aprobado y las condiciones de la licencia.
Solicitud para la ocupación de la vía pública mediante terrazas situadas en el exterior de establecimientos abiertos al público en los que se desarrolle la actividad de restauración
Personarse en un expediente administrativo por tener un interés directo y legítimo en el mismo.
Denunciar una obra en proceso de ejecución o ejecutada en fechas recientes, sin licencia (o no ajustada a ella), o el mal estado de un inmueble, solar, muro o talud, de titularidad privada.
Dentro del procedimiento de aprobación o modificación del Plan General de Ordenación Municipal, una vez aprobado inicialmente el instrumento de ordenación, este será sometido a Información Pública, momento procedimental en el cual se podrán presentar alegaciones con las sugerencias, alternativas o propuestas que se estimen oportunas con objeto de mejorar la ordenación o de salvaguardar los derechos o intereses legítimos que correspondan. (art. 5.3.b, art. 30.1 RPIOSPC/ art.86 LRJAPPAC).
El trámite de Información Pública tiene la consideración de trámite esencial al procedimiento, por lo que su omisión conllevaría la nulidad de pleno derecho de los actos y trámites posteriores al momento en que se produjera dicha omisión. (art. 36 RPIOSPC)
Solicitud de informe sobre la compatibilidad de la instalación o actividad proyectada con el planeamiento u ordenanzas aplicables, a los efectos previstos en la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otra medidas administrativas complementarias, según lo establecido en el articulo 9.1 b)
Trámite para recuperar la fianza que garantiza la ejecución y/o mantenimiento de la labor urbanizadora, fijada en el otorgamiento de una licencia de obras, y depositada en metálico o mediante aval a su retirada.
La devolución depende del tipo de licencia para la cual se ha fijado la fianza:
Tipo 1: Devolución de fianza de Licencias de Obras o Instalaciones (generalmente edificaciones).
Tipo 2: Devolución de fianza de Licencias de Obras Ordinarias (obras de urbanización).
Tipo 3: Devolución de fianza de Licencias de Canalizaciones en Vía Pública, tramitadas antes de 2004 (las posteriores deben solicitarse al Servicio de Vías y Obras directamente).
Acreditar la antigüedad de una vivienda, edificio, o cualquier otra construcción terminada, con el objeto bien de inscribirla en el Registro de la Propiedad, o bien para otros fines, como informar al banco para la obtención de un crédito hipotecario.
Tipos:
Tipo 1. Certificado de Antigüedad a efectos registrales.
Tipo 2. Certificado de Antigüedad a efectos bancarios u otros fines.
Comunicar la finalización de las obras y proceder a la ocupación y/o utilización.
Trámite para recuperar la fianza que garantiza la ejecución fijada en el otorgamiento de una licencia de obras en la vía pública, y depositada en metálico o mediante aval a su retirada.
Se incluyen en esta categoría los actos de disposición del suelo tales como parcelaciones, segregaciones, modificaciones o cualesquiera otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, no incluido en proyectos de compensación o reparcelación
Tipos:
- Parcelaciones, o divisiones de parcelas en dos o más.
- Segregaciones de parcela de la finca matriz.
- Segregación de partes para agrupar a otra
- Segregaciones para cesiones.
- Agrupación de varias parcelas
Otorgamiento de la pertinente autorización o licencia para la ejecución de obras menores en la vía pública:
Acondicionamiento de aceras y bordillos o conexión a la red general de alcantarillado
Instalaciones en la vía pública ( buzones, marquesinas...)
Canalizaciones eléctricas, de telecomunicaciones y otras
Responde al derecho de los particulares a obtener toda la información urbanística disponible relativa a una parcela o área determinada.
Puede solicitar que la información urbanística se acredite mediante informe o certificación:
Tipo 1. Informe urbanístico
Tipo 2. Certificación urbanística
Comunicar a la Administración la existencia que cualquier avería, incidencia o desperfecto en cualquier Vía Pública perteneciente al municipio.
Responde al derecho de los particulares a obtener información urbanística relativa a una parcela, en concreto la relativa al estado de la urbanización, a efectos de redactar proyecto de construcción. Contendrá como mínimo señalamiento de alineación oficial, definido como deslinde que separa los viales o espacios libres de las parcelas edificables; estado de la urbanización; cumplimiento de la condición de solar; y rasantes cuando proceda.
Tipo 1. Informe de alineaciones y rasantes
Tipo 2. Certificación de alineaciones y rasantes
Dentro del procedimiento de aprobación o modificación del Plan Parcial de Ordenación Municipal, una vez aprobado inicialmente el instrumento de ordenación, éste será sometido a Información Pública, momento procedimental en el cual se podrán presentar alegaciones con las sugerencias, alternativas o propuestas que se estimen oportunas con objeto de mejorar la ordenación o de salvaguardar los derechos o intereses legítimos que correspondan. (art. 5.3.b, art. 30.1 RPIOSPC/ art.86 LRJAPPAC))
El trámite de Información Pública tiene la consideración de trámite esencial al procedimiento, por lo que su omisión conllevaría la nulidad de pleno derecho de los actos y trámites posteriores al momento en que se produjera dicha omisión. (art. 36 RPIOSPC)
Se incluyen en esta categoría los usos y obras de nueva implantación de carácter provisional, y realizadas con materiales fácilmente desmontables, entendiéndose por tales las que se establezcan o acometan por tiempo limitado o en precario.
Tipos:
- Vallado de parcelas
- Sondeos de terrenos.
- Apertura de zanjas y calas.
- Instalación de maquinaria, andamiajes y apeos.
- Ocupación de terrenos por feriales, espectáculos u otros actos comunitarios al aire libre, con instalaciones provisionales de carácter desmontable, incluido el aparcamiento público de vehículos (se podrán situar quioscos de bebidas, aparatos de feria y otras similares).
Comprende el ejercicio de cualquier actividad inocua, que cualquier persona pretenda desarrollar en un establecimiento, requiriendo la puesta en uso de locales o instalaciones, no sujetas a la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias, a través de la cual el/la interesada, comunica que el local se encuentra en condiciones para llevar a cabo el inicio de la actividad pretendida y que no necesita de ningún tipo de obras o algún tipo de obra de poca entidad para el acondicionamiento del local recogido dentro de los tipos de obras menores.
Dentro del procedimiento de aprobación del Estudio de Detalle, una vez aprobado inicialmente el instrumento de ordenación, éste será sometido a Información Pública, momento procedimental en el cual se podrán presentar alegaciones con las sugerencias, alternativas o propuestas que se estimen oportunas con objeto de mejorar la ordenación o de salvaguardar los derechos o intereses legítimos que correspondan.
El trámite de Información Pública tiene la consideración de trámite esencial al procedimiento, por lo que su omisión conllevaría la nulidad de pleno derecho de los actos y trámites posteriores al momento en que se produjera dicha omisión.
La expropiación forzosa es la intervención administrativa que implica la privación de la propiedad, derechos o intereses patrimoniales legítimos, por causas de utilidad pública o interés social, implícitas en el acuerdo de aprobación del Plan General Municipal de Ordenación vigente, previo pago compensatorio de su valor económico.
Transcurridos 3 ó 5 años desde la aprobación de planeamiento que legitime la expropiación de un sistema local o un sistema general , respectivamente, sin que se hubiera iniciado el correspondiente expediente, el titular de los bienes o derechos podrá advertir a la Administración competente de tal demora (art. 137, art. 159, art. 163 TRLOTCENC).
Son aquellas obras de urbanización no incluidas en un proyecto de urbanización que desarrolle planeamiento, en parcelas de suelo consolidado que no tengan la condición de solar, de carácter complementario o puntual para dotarlas de los servicios mínimos exigibles para edificar, así como las de mera conservación y mantenimiento.
Tipos:
Tipo 1. Solicitud de Licencia de Obras Ordinarias
Tipo 2. Solicitud de Licencia de Obras Ordinarias incluida en trámite de Licencia de Obra Mayor
Responde al derecho del titular de cualquier licencia de obra, de poder transmitir a un tercero todos los derechos y obligaciones inherentes a la misma
Conceder una ampliación del plazo ya establecido para ejecutar las obras ordenadas por el propio Ayuntamiento, siempre que las circunstancias lo aconsejen y así lo considere el Técnico Municipal.
Trámite para obtener un documento acreditativo de que la actividad se encuentra legitimada para su apertura y funcionamiento
Comprende el ejercicio de cualquier actividad inocua, que cualquier persona pretenda desarrollar en un establecimiento, requiriendo la puesta en uso de locales o instalaciones, no sujetas a la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias, a través de la cual el/la interesada, comunica que el local se encuentra en condiciones para llevar a cabo el inicio de la actividad pretendida, habiéndose obtenido licencia municipal de obras
Presentación de alegaciones durante el trámite de audiencia por denuncia de obras sin licencia o no ajustadas a licencia.
Declarar la situación legal de ruina urbanística en los siguientes supuestos:
a) Cuando el coste de las reparaciones necesarias para devolver la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales a una edificación manifiestamente deteriorada, o para restaurar en ella las condiciones mínimas que permitan su habitabilidad y uso efectivo legítimo, supere el límite del deber normal de conservación, en los términos dispuestos en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canaria, y en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
b) Cuando el propietario acredite, al menos, el cumplimiento puntual y adecuado de las recomendaciones de los informes técnicos correspondientes a las dos últimas inspecciones periódicas preceptuadas en el artículo anterior, y el coste de los trabajos realizados como consecuencia de esas dos inspecciones, sumado al de las que deban ejecutarse a los efectos señalados en el apartado anterior, supere el límite del deber normal de conservación, con la comprobación de una tendencia progresiva y constante en el tiempo al incremento de las inversiones precisas para la conservación de la edificación.
Toda actividad publicitaria que utilice como vehículo transmisor del mensaje medios materiales de diversa índole, susceptibles de atraer la atención de cuantas personas se encuentren en espacios abiertos, transiten por la vía pública, circulen por vías de comunicación, utilicen medios privados o colectivos de transporte y, en general, permanezcan o discurran en lugares o ámbitos de utilización común
. Soportes en suelo público (vallas)
. Publicidad en edificio, de poca entidad (rótulos, muestras, banderines)
. Publicidad en edificio, con soporte estructural (valla, panel, letra suelta)
. Publicidad en obras en construcción (lonas)
. Publicidad en solares (vallas).
A efectos de tramitación sólo se establecen dos tipos:
Tipo 1. Elementos publicitarios de poca entidad.
Tipo 2. Elementos publicitarios con soporte estructural
Recurrir potestativamente en reposición los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa.
Por concurrir en ellas las circunstancias previstas en el art. 5.1 de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias resulta exigible la obtención previa de autorización para la instalación, traslado y modificación sustancial de los establecimientos que sirven de soporte al ejercicio de actividades clasificadas, en los supuestos expresamente señalados en el apartado 2 del anexo del Decreto 52/2012 de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa, en relación a las actividades que a continuación se relacionan:
1. Todas las actividades clasificadas que tengan un aforo superior a 300 personas
2. Todas las actividades que cuenten con actividad musical y su aforo sea superior a 150 personas
3. Todas las actividades de restauración que pretendan instalar en el exterior una terraza superior a 20 personas
Levantar el precinto de las obras por al haber sido legalizadas, o por ser necesario para ajustar las obras a la licencia concedida.
Otorgamiento de la pertinente autorización administrativa para el comienzo de obras en la vía pública, una vez aprobada la autorización y fijada la fianza.
La instalación y ejercicio de las actividades objeto de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias, y no sometidas a licencia de actividad clasificada ni a autorización ambiental integrada requerirá la comunicación previa de una y otra, con arreglo a lo dispuesto en el presente título y a su desarrollo reglamentario.
El traslado, la modificación de la clase de actividad y la modificación sustancial de estas actividades estará sujeta al mismo régimen de comunicación, salvo que, por su contenido, vengan sujetas a otro régimen de intervención distinto previsto en la presente ley, en cuyo caso deberá someterse al régimen que corresponda.
Dentro del procedimiento de aprobación o modificación del Plan Especial de Ordenación Municipal, una vez aprobado inicialmente el instrumento de ordenación, éste será sometido a Información Pública, momento procedimental en el cual se podrán presentar alegaciones con las sugerencias, alternativas o propuestas que se estimen oportunas con objeto de mejorar la ordenación o de salvaguardar los derechos o intereses legítimos que correspondan. (art. 5.3.b, art. 30.1 RPIOSPC/ art.86 LRJAPPAC)
El trámite de Información Pública tiene la consideración de trámite esencial al procedimiento, por lo que su omisión conllevaría la nulidad de pleno derecho de los actos y trámites posteriores al momento en que se produjera dicha omisión. (art. 36 RPIOSPC)
Acreditar la prescripción de las obras realizadas en edificios fuera de ordenación, con el objeto de inscribir la finca en el Registro de la Propiedad
Suspender las multas coercitivas que se han impuesto como consecuencia de haber dado cumplimiento la Orden de ejecución o a la Orden de suspensión y precinto que se hayan dictado.
Comunicar al Ayuntamiento que se han suspendido las obras en ejecución no amparadas por licencia o contraviniendo las condiciones de la misma, con el fin de paralizar las multas coercitivas impuestas por el incumplimiento de la Orden de suspensión y precinto.
Reducir las sanciones que, en materia de disciplina urbanística, se hayan impuesto, motivadas por haber legalizado las obras sin licencia o no ajustadas a ella, o haberlas demolido.
Ejecutar subsidiariamente por la Administración Municipal, las obras que se han ordenado en el acto administrativo previo, a los responsables y con cargo a ellos.
Solicitud de la pertinente autorización administrativa por motivo de la realización de determinadas actuaciones en la vía pública como consecuencia de obras consistente en:
Obtener la autorización para poder realizar el ejercicio de venta ambulante en mercadillo navideño de la Noche de Reyes en el emplazamiento establecido para tal fin.
Venta ambulante es, la que se realiza por los comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, en puestos o instalaciones desmontables ubicados en solares y espacios abiertos o en la vía pública, en lugares y fechas variables.
Prorrogar por una sola vez, el plazo concedido de tres meses para instar la legalización de las obras sin licencia o no ajustadas a la misma, hasta un máximo de otros tres meses en atención a la complejidad del proyecto
Recurrir extraordinariamente los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa ante el mismo órgano administrativo que los dictó que también será el competente para su resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
1ª Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
2ª Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.
3ª Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.
4ª Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.
Comunicación del cese de la actividad de ocupación de la vía pública con mesas, sillas, sombrillas y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
Comunicar al Ayuntamiento que se han legalizado las obras sin licencia o que se han ajustado las mismas a la licencia concedida.
Obtener la renovación de la autorización municipal para la instalación de un puesto de venta en los mercadillos municipales
Procedimiento específico para construcciones en vía pública y espacios libres, que por su entidad excedan de la consideración de mobiliario urbano. Como construcciones, tramitan licencia igual que cualquier otra obra, con la peculiaridad de que al ser el propietario de suelo el Ayuntamiento, precisan autorización previa del Servicio de Patrimonio, y no pueden ser construcciones permanentes.
Tipos:
a) Instalaciones puntuales, como quioscos, casetas, veladores, etc..
b) Instalaciones en superficie o con soporte estructural, como terrazas, etc..
c) Cualquier otra ubicación provisional de edificaciones y construcciones prefabricadas, desmontables ó efímeras, y similares.
Comunicar el cumplimiento o incumplimiento de la resolución dictada a fin de proceder al sobreseimiento y archivo de las actuaciones o continuar con la tramitación del expediente administrativo, dando paso a la imposición de multas coercitivas que correspondan y en última instancia, al proceso de ejecución subsidiaria.
Comunicar que el/la denunciado/a ha incumplido la Orden de suspensión y precinto de la obras, continuando con la ejecución de las mismas.
Será objeto de este trámite la modificación de la actividad desarrollada en virtud de Licencia de Apertura/Instalación, Comunicación previa y Declaración responsable, siempre que las modificaciones que se pretendan realizar no tengan carácter sustancial.
Supuestos:
a) Que el Ayuntamiento considere a la luz de las consideraciones y documentación aportada que se trata de una modificación substancial, en este caso deberá presentar nuevo proyecto técnico conforme a la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias y, por tanto, no es el objeto de este asunto.
b) Ser considerada una modificación no sustancial; en este supuesto, no se requiere nuevo proyecto para la instalación y puesta en funcionamiento de la actividad,
El interesado también podrá acudir, en este mismo sistema, al asunto consulta previa y compatibilidad urbanística establecimientos, actividades e instalaciones, (viabilidad y consulta de uso) donde podrá solventar sus dudas.
Comunicar al Ayuntamiento que han vencido los plazos concedidos para las distintas actuaciones inherentes al expediente, a fin de que continúe la tramitación del mismo.
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