Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Procedimiento para tramitar Licencia de obras.Otorgamiento de la pertinente autorización o licencia para la ejecución de obras menores en la vía pública:
Acondicionamiento de aceras y bordillos o conexión a la red general de alcantarillado
Instalaciones en la vía pública ( buzones, marquesinas...)
Canalizaciones eléctricas, de telecomunicaciones y otras
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. BO. Canarias 15 mayo 2000, núm. 60, [pág. 5989] | |||
Texto íntegro | Ordenación del territorio y espacios naturales | ||
Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora | |||
Texto Íntegro | Ley de Tráfico | ||
Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados | |||
Texto Íntegro | |||
Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación | |||
Texto Íntegro | Reglamento que desarrolla la Ley 8/1995 de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación | ||
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales | |||
Texto Íntegro | |||
Real Decreto 1627/1997, de 24 octubre, por el que se establecen Disposiciones Mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras de Construcción. (BOE 25 octubre 1997, núm. 256, [pág. 30875]) | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Obras que se realicen en la Vía Pública | |||
Texto Íntegro | Señalización y Balizamiento Obras en la Vía Pública | ||
Ordenanza Calas y Canalizaciones Las Palmas | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Municipal de Limpieza Pública | |||
Texto íntegro | Limpieza Pública Municipal | ||
Ordenanza General de Convivencia Ciudadana y Vía Pública | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Municipal de Tráfico | |||
Texto Íntegro | |||
Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones | |||
Texto Íntegro |
Ejecución de conexión a la red de alcantarillado
En el caso de realizar canalización en calzada, la sección tipo deberá cumplir lo establecido en el Artículo 20 de la Ordenanza de Calas y Canalizaciones ("1.- Las zanjas por la calzada llevarán como mínimo una capa de treinta (30) cm. De hormigón de 250 kg. Sobre el relleno seleccionado de la zanja, que tendrá una compactación por tongadas hasta conseguir un 95% D.P.N. El corte del pavimento deberá ser rectilíneo y uniforme y hasta su enrase se completará con aglomerado asfáltico de granulometría densa").
El registro de alcantarillado y de evacuación de aguas pluviales se construirá de acuerdo con el modelo municipal: tubo de hormigón vertical de 400 mm de diámetro y 1m de longitud, sobre solera de hormigón de 15cm de espesor con una pendiente mínima del 5% y tapa de fundición dúctil de 50x50 cm.
El tubo de conexión a la red general de alcantarillado y de pluviales, tendrá un diámetro mínimo de 250mm, será del tipo SN8, cumplirá el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones, tendrá una pendiente mínima del 3% y la conexión se hará a favor de la corriente formando con la red general un ángulo, en planta, comprendido entre 30º y 45º. En el caso de que exista un pozo de alcantarillado en las proximidades de la vivienda, se deberá realizar la conexión directamente a dicho pozo, debiendo evitar que la conexión se realice en el punto más bajo del pozo.
Acondicionamiento de acera y bordillos para vado
El rebaje de acera correspondiente al vado vehicular deberá ajustarse a lo detallado en el plano donde se especifican las condiciones que debe cumplir para ajustarse a lo establecido en la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, suministrado por el Servicio de Vías y Obras y a la Ordenanza de Tráfico del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Cualquier persona física o jurídica interesada
El trámite se puede instar de tres formas diferentes:
1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Atención a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
En cualquier momento antes del inicio de las obras.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Avenida del Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, 2.
Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: Calle Doctor Medina Nebot, 5. Planta baja.
Teléfono: 928.44.72.50 Fax: 928.67.05.50
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Según Ordenanza Fiscal Vigente.
Ténganse en cuenta que quien solicite la licencia municipal de obra menor en la vía pública será aquél a quien el ayuntamiento autorice directamente para la realización de las obras y, por tanto, quien deberá constituir el correspondiente aval o fianza como requisito necesario para que el ayuntamiento le conceda la misma.
Asimismo, y según lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 6 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, publicada en el B.O.P. el 7 de diciembre de 2009, de conformidad con los artículos 59 y 100 a 103 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá ingresar en el Servicio de Tributos y Exacciones el 4 % del presupuesto de ejecución material de la obra (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras)
Excmo. Sr. Alcalde-Presidente u órgano en quien delegue.
Podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de la Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el Art. 8 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificad por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el art. 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
El horario de atención al público de la Unidad de Vías y Obras será de lunes a viernes, en horario de 08:00 h. a 14:30 h.
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