Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Procedimiento para tramitar Otras licencias.Trámite que se sigue para solicitar certificado relacionado con la licencia de auto-taxi
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
13 | Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas | ||
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos | |||
6 | Tarifas O.F. Expedición Documento Administrativo Las Palmas de G.C. |
- Acudiendo a la oficina municipal o de distrito más cercana
- Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud.
Según el artículo 6, apartado II de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedicion de documentos que expida o de que extiendan la administración o autoridades municipales, a instancia de parte, la tarifa por expedición de certificado relativo a licencia de auto-taxi es la siguiente:
Otras Certificaciones | 7.66 € |
El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno
El acceso a los documentos que contengan datos íntimos de las personas estará reservado a éstos
La resolución administrativa resolución será notificada a el/la interesado/a conforme a lo dispuesto en la legislación de procedimiento administrativo común. (art. 38 y ss. de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas).
Cuando no sea posible efectuar la notificación al interesado o a su representante por causas no imputables a la Administración, se procederá a la notificación por comparecencia mediante anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y Tablón de Anuncios de las Oficinas Municipales
En el Diálogo Interactivo podrá seleccionar que se le notifique por vía telemática tal y como se establece en el art. 43 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En su Carpeta Ciudadana tendrá a disposición el acto objeto de notificación, así como la posibilidad de acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales.
Horario de atención al público:
La citada cuota se refiere únicamente al primer pliego de la certificación, por cada pliego de más se abonará 0,60 € sobre la Tarifa base.
Igualmente la citada cuota se refiere a las certificaciones de documentos o actos de hasta los cinco últimos años; las referidas a documentos o actos de cinco años hasta diez años de antigüedad sufrirán un recargo del 100% las referidas a documentos de antigüedad igual o superior a los diez años tendrán un recargo del 200%; las referidas a documentos de antigüedad igual o superior a veinte años tendrán un recargo del 300%.
En los casos de certificaciones solicitadas por personas que por medio de documentación emitida por entidades publicas acrediten unos ingresos familiares por mes iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes la tarifa será en todo caso de 1,20 €.
En los supuestos de certificaciones que impliquen la emisión de informes expresos para su emisión por la Policía Municipal u otros funcionarios municipales la Tarifa sufrirá un recargo del 100%.
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