Trámites en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Estas subvenciones nominativas tienen por objeto promover la cofinanciación de proyectos sociales que desarrollen entidades privadas sin ánimo de lucro, que complementen las competencias de los servicios sociales y que tengan por finalidad cubrir las necesidades sociales de los ciudadanos del municipio de Las Palmas de Gran Canaria, especialmente aquellos proyectos que tengan por destinatarios a personas excluidas o en riesgo de exclusión social
El presente procedimiento pretende cubrir la totalidad de las comunicaciones entre las entidades sin ánimo de lucro y la unidad técnica de servicios sociales específicos, permitiendo la entrada de la siguiente documentación:
Para iniciar el procedimiento administrativo:
- Solicitar una subvención nominativa.
En el caso de que se le requiera documentación:
- Presentar documentación de requerimiento
Una vez adjudicada la subvención:
- Presentar la reformulación de proyecto presentado en la solicitud
- Presentar justificación económica de los gastos a subvencionar
- Presentar justificación económica del coste total del proyecto
- Presentar memoria anual
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
25 | Competencias de gestión municipal | ||
26 | Servicios de prestación municipal | ||
Decreto, de 17 de junio de 1955, Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales | |||
23 | Potestad para la concesión de subvenciones | ||
24 | Aplicación del régimen de subvención a servicios de índole económica | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales | ||
Bases de Vigencia Indefinida para la Concesión de Subvenciones de Cofinanciación de Proyectos Sociales que complementen la competencias de los Servicios Sociales municipales | |||
Texto Íntegro |
1. Tamaño máximo de archivos a adjuntar
a) Por cada documento aportado, el tamaño máximo es 20 MB.
b) Por el conjunto de los documentos aportados al realizar un trámite, el tamaño máximo es de 100 MB.
2. Mis documentos superan el tamaño máximo
En el caso de que sobrepasen los tamaños anteriormente referenciados.
a) Si supera el tamaño máximo por documento aportado. En la medida de lo posible, dividir el archivo en varios para que no supere cada uno el tamaño de 20 MB por documento aportado
b) Si supera el tamaño máximo de 100 MB por el conjunto de los documentos aportado al realizar un trámite. A través del trámite Presentación de Documentación a Expediente en Trámite, puede identificar el trámite para el que aporta los documentos y adjuntar los archivos que están pendientes de presentación por superar el tamaño máximo permitido.
3. Modelos oficiales
La documentación debe cumplimentarse a en los modelos oficiales presentes en la página web.
A instancias del Órgano Gestor, las asociaciones y/o fundaciones de iniciativa social y sin ánimo de lucro.
El trámite se puede instar de la siguiente forma:
Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
- En el caso de Solicitud 10 días hábiles a partir de la comunicación del Órgano Gestor BOP; desde las 00:01h del día 1 hasta las 23:59h del día 10.
- En el caso de presentar documentación de requerimiento: en el plazo de 10 días hábiles del día siguiente de la recepción del requerimiento documental. Desde las 00:01h del día 1 hasta las 23:59h del día 10.
- En el caso de presentar reformulación: cualquier día dentro del periodo de ejecución del proyecto subvencionado y siempre antes del 31 de diciembre del año en que se ha firmado el convenio.
- En la justificación económica de los gastos a subvencionar por el Ayuntamiento:
- Los gastos correspondientes a los seis primeros meses del año se justificarán antes del 31 de julio del año de concesión de la subvención.
- Los gastos de los meses entre julio y noviembre antes del 30 de noviembre del año de concesión de la subvención.
- El justificante de los gastos de personal realizado en diciembre, y los seguros sociales de los meses de noviembre y diciembre se han de presentar antes del 28 febrero del año siguiente al que se conceda la subvención.
- En la justificación económica del coste total del proyecto, la parte del coste total financiada con fondos propios de la Organización y la parte cofinanciada por otras Entidades, deberá ser justificada antes del 28 de febrero del año siguiente al que se conceda la subvención.
- En el caso de haber cambiado la cuenta bancaria: Anexo XII. Alta a terceros.
- En la presentación de la memoria anual, el plazo de presentación será antes del 28 de febrero del año posterior a finalizar la ejecución del proyecto.
En el caso de la solicitud, debe reunir los requisitos establecidos. Si no fuera así o faltase alguna documentación, se requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o aporte los documentos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, dictándose Resolución en los términos previstos en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
Puede acceder a más información a través del siguiente enlace:
http://www.laspalmasgc.es/es/areas-tematicas/servicios-sociales/ayudas-a-ong/
http://www.laspalmasgc.es/es/areas-tematicas/servicios-sociales/subvenciones-nominadas/
Para cualquier otra consulta puede ponerse en contacto través del siguiente correo electrónico: utsge@laspalmasgc.es
Teléfonos de contacto: 928 44 60 22/ 928 44 60 4/928446055
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