El Padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos/as del municipio a todos los efectos administrativos.
Toda persona que cambie de municipio de residencia está obligada a solicitar por escrito el alta en el Padrón de Habitantes del nuevo municipio, comunicando en la solicitud el municipio o país de procedencia.
El Padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos/as del municipio a todos los efectos administrativos.
La inscripción se debe realizar en los siguientes supuestos:
Alta por nacimiento: Al inscribir a una persona recién nacida en el Registro Civil, se comunica al Ayuntamiento el nacimiento para la actualización del Padrón Municipal de Habitantes. No obstante, si algún ciudadano/a necesita con urgencia actualizar el Padrón con la persona recién nacida, la solicitud se realiza por el padre o la madre que tenga su guarda y custodia o en su defecto por los representantes legales.
Alta por traslado de residencia: Toda persona que cambie de municipio de residencia está obligada a solicitar por escrito el alta en el Padrón de Habitantes del nuevo municipio, comunicando en la solicitud el municipio o país de procedencia.
Alta por omisión: Toda persona, que viviendo habitualmente en este término municipal y no figura inscrita en el padrón municipal de habitantes, tiene que realizar este trámite.
Modificación por cambio de domicilio: Consiste en la modificación de los datos territoriales de aquellos/as ciudadanos/as que, figurando empadronados en un domicilio, se trasladan a otro siempre dentro del término municipal.
Colectivos: Asociaciones | Estudiantes | Familias | Inmigrantes | Jóvenes | Mayores | Mujeres | Propietarios de Animales | Conductores | Consumidores | Contribuyentes | Desempleados y Emprendedores | Discapacitados | Empresarios y Comerciantes.